Se concede un periodo de amnistía de veinticuatro meses para el pago de las cuotas empleado-empleador y de los saldos de los que se encuentren o no en convenios o arreglos de pago pactados con la Caja de Seguro Social en este concepto, entre otras disposiciones.
Perfil del diputado
Ingeniero Agrónomo por la Universidad de Panamá y cuenta con un licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas de ISAE. En su carrera profesional, fue subgerente de Stereo Ritmo. En cuanto a su trayectoria política, ha participado en cuatro ocasiones como Delegado del Congreso del PRD, fue Director Nacional del PRD en dos ocasiones, vicepresidente de la directiva del PRD en el distrito de David y diputado suplente de la Asamblea Nacional en dos períodos.
Asistencia
Planilla, viajes y viáticos
Gestión legislativa
Modifica la ley 339 que declara patrimonio natural nacional y área protegida de reserva hidrológica a la Cuenca del Río Santa María
No se podrá discriminar a las personas que tengan CANCÉR, ni a quienes hayan padecido la enfermedad. El tomador de un seguro, producto bancario o de crédito no está obligado a declarar si él o el asegurado han padecido CÁNCER una vez hayan transcurridos tres (3) años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior. De igual forma esta norma se aplicará para el empleador al momento de realizar una contratación laboral.
Establece una política pública de salud cuya prioridad sea la prevención de las enfermedades y reducción de factores de riesgo asociados a estas, así como a la promoción de estilos de vida saludable dirigido a la población general y en particular a la población adulta mayor
Se concede un periodo de amnistía de veinticuatro meses para el pago de las cuotas empleado-empleador y de los saldos de los que se encuentren o no en convenios o arreglos de pago pactados con la Caja del Seguro Social en este concepto, así como para el pago de las primas de riesgo profesionales y demás contribuciones adeudadas a la Caja del Seguro Social, que se encuentren morosas hasta el 30 de junio de 2023
Se crea el Fondo Especial de Contingencia para el Sector Pecuario de la República de Panamá (FECP), para conceder préstamos agropecuarios, por medio del Banco de Desarrollo Agropecuario o del Banco Nacional de Panamá.
Establece medidas para promover la investigación y producción de sueros anti ponzoñosos y otros antídotos, con la finalidad de asegurar el acceso a sueros, antivenenos y antídotos a toda la población a nivel nacional.
El Ministerio de Educación, el Ministerio de Cultura, la Autoridad de Turismo, las juntas comunales y locales, fomentarán la difusión y el conocimiento general de las expresiones folclóricas nacionales a nivel escolar, institucional y comunitario, así como el establecimiento de escuelas de estas disciplinas.
El Ministerio de Educación, el Ministerio de Cultura, la Autoridad de Turismo de Panamá, los Municipios y las Juntas Comunales y Locales, fomentarán la discusión y el conocimiento general de las expresiones folklóricas nacionales a nivel escolar y comunitario, así como el establecimiento de escuelas de estas disciplinas.
Por medio del cual podrán crearse asociaciones de estudiantes en los centros educativos oficiales, pre-media, media y nivel técnico preuniversitario y se dictan otras disposiciones
Se crean tres bonificaciones permanentes, para los Jubilados y Pensionados del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y de Riesgos Profesionales de la Caja de Seguro Social, dos por un monto de sesenta balboas (B/. 60.00) Y uno por un monto de cien balboas (B/. 100.00), los cuales deberán ser entregados durante los meses de abril, agosto y diciembre de cada año.
Se autoriza al Banco de Desarrollo Agropecuario a condonar los intereses de los préstamos efectuados a prestatarios para la producción y comercialización de la Palma Aceitera en el distrito de Barú, provincia de Chiriquí.
Se crea las Olimpiadas Académicas de Panamá, con el fin de promover la sana competencia entre los estudiantes panameños, afianzando el aprendizaje académico en todo el territorio nacional.
Se crea un régimen fiscal, legal, laboral, migratorio, portuario y de negocios especial para desarrollo industrial de Bocas del Toro y Chiriquí, que tendría personería jurídica propia y autonomía en su régimen interior, con la finalidad de establecer los requisitos para el desarrollo de un nuevo Centro de Desarrollo Económico de Panamá Occidente.
La persona natural o jurídica que introduzca productos alimenticios de Origen vegetal o animal, para el consumo humano, ya sea directo o procesado, para su venta, distribución o comercialización dentro del territorio nacional sin contar con sus permisos necesarios, será sancionado con pena prisión de seis a ocho años.
Moderniza, adecúa, actualiza, mejora, hace más práctico y viable el marco normativo que regula la adquisición de medicamentos y otros productos para la salud humana. así mismo, permitirá a las instituciones públicas (Ministerio de Salud, Patronatos de Salud y Caja de Seguro Social) por igual, la compra de medicamentos y otros productos para la salud humana, en el menor tiempo posible, con controles que estimulen la transparencia.
Se crea un régimen especial de protección para los trabajadores de la madera y la pesca, para que el estado les garantices un subsidio estatal en periodo de veda.
Se declara una moratoria para el otorgamiento de permisos y concesiones para la construcción y explotación de plantas de generación hidroeléctrica y geotérmica en la Provincia de Chiriquí, con excepción de las centrales particulares de fuentes nuevas, renovables y limpias, entre otras disposiciones.
Se suspende de manera transitoria, el cobro y recaudación del impuesto de consumo al combustible y derivados del petróleo en la República de Panamá, por el aumento del precio del petróleo y sus derivados, como consecuencia del conflicto bélico entre La Federación de Rusia y Ucrania.
Se establece la obligatoriedad de la realización del Tamizaje Neonatal, el cual es de carácter universal, rutinario y continuo, como parte del cuidado de los recién nacidos en todas las instituciones de salud, públicas y privadas de la República de Panamá, siendo gratuito en las instalaciones de salud públicas.
Institucionaliza la carrera y profesión de Entrenador(a) Deportivo(a), crear los incentivos y estímulos necesarios que sirvan de mecanismo motivador para que personas, jóvenes y adultos, a nivel de todo el territorio nacional, se interesen por prepararse y calificarse en dicha profesión.
Establece el otorgamiento de beneficios a ex atletas de competencia y alto rendimiento de todas las disciplinas deportivas que se practiquen en la República de Panamá, a través de las Federaciones y Asociaciones Deportivas Nacionales reconocidas por el Instituto Panameño de Deportes.
Establece el régimen a que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad, así como las actividades normativas y de coordinación consistentes en la planificación de la expansión, operación integrada del sistema de interconectado nacional, regulación económica y fiscalización.
Garantiza la justicia y la honradez en los actos de remates de bienes muebles e inmuebles, promovidos por los bancos privados y estatales, cooperativas, entidades financieras, entidades autónomas o semiautónomas y demás entidades públicas del Estado a quien la Ley atribuye el ejercicio del cobro coactivo.
Regula mediante un nuevo tipo penal específico cuando se cometen actos de divulgación de imágenes no consentidas por las afectaciones psicológicas y emocionales que pueden causar a los sujetos pasivos de los mismos, especialmente cuando se cometen contra una persona del género femenino.
Difiere la certificación médica para después del internado en las carreras que tienen este requisito y en las demás carreras, una vez se obtenga el título.
Propone una alternativa para que los propietarios con lotes menores a 450 metros cuadrados y mayores de 100 metros cuadrados, y que vivan en lugares rurales o urbanos, reciban el visto bueno del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.
Extendie de forma retroactiva desde elIde julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021, el periodo de moratoria para el pago de los servicios de electricidad, telefonía fija, móvil e internet.
Regula a través de una ley justa y equitativa, los fondos percibidos por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, en materia de anuncios publicitarios producidos en el exterior y doblado por voces de profesionales panameños. de modo tal, que todas las Facultades de Comunicación Social de las universidades estatales reciban en igualdad de condiciones este beneficio.
Establece un sistema de protección de los derechos del niño, y reordena las instituciones competentes para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de esos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados y convenios internacionales ratificados por la República de Panamá.
Establece una estrategia de gestión para la protección, conservación y manejo sostenible de las tortugas marinas, y fortalece la capacidad normativa, financiera y técnica de las instituciones públicas vinculadas a la protección, conservación, e investigación de las tortugas marinas.
Prohíbe la emisión de permisos de quema controlada y/o prescrita a los ingenios azucareros y alcoholeros en un radio de cinco kilómetros (5 km) alrededor de poblados.
Prohíbe el uso y la comercialización de productos, utensilios, envoltorios o empaques de alimentos o bebidas que estén fabricados totalmente o parcialmente de plástico y poliestireno
Se establecen programas de formación del educador de modo que éstos conduzcan a un adecuado manejo de las sus competencias y destrezas para organizar el aprendizaje de sus alumnos.
Establece que los animales como seres sintientes, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual la presente ley tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar el maltrato, el abandono y los actos de crueldad en contra de los animales domésticos.
Crea una Institución que se denominará Instituto Oncológico Nacional Juan Demóstenes Arosemena, el cual tendrá personería jurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen administrativo y funcional.
Establece que las funciones de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA), serán asumidas por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) y el Ministerio de Salud (MINSA).
Crea un Régimen Fiscal, Legal, Laboral, Migratorio, Portuario, de Negocios y Aduanero Especial Zona Franca Turística y de Apoyo Logístico Multimodal Especial en el distrito de Aguadulce, provincia de Coclé, denominado Área Económica Especial de Aguadulce.
Establece que quien instigue actos contras personas con discapacidad orientados a dejar sin efecto el plenos ejercicio de sus derechos, será sancionado con pena preventiva de 3 a 5 años.
El Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), a través del Comité Nacional de Semillas y Plantas de Vivero, establecerá los sistemas de certificación de semillas y las distintas categorías de semillas y los parámetros adecuados para su producción y comercialización, las zonas donde por motivos técnicos se regule el cultivo y la producción de especies y variedades vegetales, entre otras disposiciones.
Establece la adopción de medidas de bioseguridad, carácter temporal, para mitigar los efectos de la pandemia del COVID-19 en todas las cadenas de producción agropecuaria en la República de Panamá, a fin de proteger a los sectores directa e indirectamente involucrados en la producción agropecuaria.
Establece un Régimen Especial el cual tiene por objeto incentivar y asegurar la producción de alimentos, el flujo y movimiento libre de bienes, servicios y capitales para así promover la producción agro alimentaria y/o agroindustrial, atraer las inversiones y la generación de empleos en la República de Panamá.
Crea el Programa Nacional de Actividad Física Virtual emitirá entrenamientos físicos, rutinas y recomendaciones nutricionales para la fácil comprensión y ejecución mediante plataformas virtuales y canales nacionales de manera gratuita.
Establece que todo documento negociable que reciba el productor por parte del Estado en concepto de apoyo al sector agropecuario, a través de incentivo, subsidio o compensación, podrá ser sujeto de factoring, ya sea con la banca estatal o privada, regulada por la Superintendencia de Bancos de Panamá.
Suspende por un término de cuatro (4) meses, a nivel nacional, el pago de energía eléctrica, agua potable, tasa de aseo y de los servicios de telefonía fija y móvil e intemet.
Por la emergencia que significa la crisis sanitaria causada por la pandemia del coronavirus COVID 19 se flexibilizarán los objetivos de déficit previstos en la Ley de Responsabilidad Fiscal, facilitará el acceso a recursos económicos a los sectores económicos afectados, se adoptar medidas para racionalizar el consumo de productos de primera necesidad, entre otros.
Difiere el pago de las obligaciones de los servicios públicos (luz, agua, teléfono fijo, celulares, internet, u otros), las mensualidades escolares de los Colegios Particulares y las contrataciones directas de servicios y personal, cuando existe la condición de emergencia nacional.
Establece que cuando el hurto se dé por una multiplicidad de personas, rompiendo o dañando las cosas que protegen dichos bienes, sin importar la cuantía, la pena será de seis a doce años.
Establece que quien se apodere o sacrifique una o más cabezas de ganado sin importar la edad o valor del animal, que estén sueltas o incite con este hecho delictivo será sancionado con pena de ocho a doce años de prisión.
Establece que el Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), y el Instituto de Mercadeo Agropecuario (IMA), garantizarán a los productores nacionales, la compra del excedente de la producción de leche y carne, por el periodo que dure la declaración de Estado de Emergencia Nacional en la República de Panamá.
Organiza la Red Oncológica Nacional, la cual será regida por el Patronato del Instituto Oncológico Nacional y consiste en la habilitación de centros regionales en todo el territorio nacional, que pueden estar independientes o anexados a los centros hospitalarios existentes.
Crea el Programa Red de Productores, el cual será coordinado por el Instituto de Mercadeo Agropecuario, que tendrá como objetivo asegurarles a los pequeños productores la compra de su cosecha, generándole fuentes de ingresos fijas que contribuya con el sustento familiar, mejorándoles la calidad de vida e incentivando la producción sostenible, y dotando al consumidor de productos de calidad ya bajos costos.
Prohíbe a las universidades particulares a nivel nacional que brindan el servicio educativo por plataformas virtuales de programas de licenciatura, diplomado, posgrado, maestrías y doctorados, negar el acceso a los estudiantes por la falta de pago de las mensualidades durante el periodo de la declaratoria de la emergencia sanitaria.
La distribución o comercialización de productos alimenticios en la Cadena de Frio, que no sean cosechados dentro del territorio nacional, podrá ser denunciado por cualquier ciudadano o productor nacional, ante Junta Directiva o Gerente General de la Cadena de Frio.
Con el fin de que el Órgano Ejecutivo puede tomar las medidas oportunas para hacer frente a la pandemia del COVID-19, se dispone previa aprobación de la Asamblea Nacional, la autorización de uso de un tercio (1/3) del Fondo de Ahorro de Panamá. Además, el Órgano Ejecutivo deberá presentar a la Asamblea Nacional el desglose de los gastos autorizados mediante la presente ley.
Crea el Festival Folclórico Nacional de La Mitra, evento folclórico interprovincial y comarcal que se celebrará en marzo en la provincia de Panamá Oeste, en la comunidad de La Mitra. Además, reconoce al Comité Cívico y Cultural de La Mitra como sus organizadores.
Establece que traspasará al Estado, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, los sistemas viales y pluviales de las urbanizaciones, lotificaciones o parcelaciones privadas, en un periodo no mayor a 3 años, contados a partir de la fecha en que finalice el Proyecto habitacional, previamente aprobado por las autoridades competentes.
Crear el "Sistema Informático de Indicadores Públicos de Precios al consumidor de Artículos de la Canasta Básica Familiar de Alimentos "SIPREC", el cual estará a cargo de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia.
Crea tres bonificaciones permanentes, para los Jubilados del Estado y Jubilados y Pensionados del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y de Riesgos Profesionales de la Caja de Seguro Social, dos por un monto de sesenta balboas (BI. 60.00) y uno por un monto de cien balboas (B/. 100.00), los cuales deberán ser entregados durante los meses de abril, agosto y diciembre de cada año.
Establece que toda persona a la que en una situación de calamidad, catástrofe, accidente o similares, no preste la ayuda posible para minimizar los daños y grabe videos, fotografie, y además difunda estos por redes sociales o cualquier medio de comunicación masiva, será sancionado administrativamente con multas de CINCO (B/. 5.00) a QUINIENTOS BALBOAS (B/. 500.00) según la gravedad del caso.
Establece que quien culposamente cause la muerte de otro será sancionado con pena de prisión de cinco a siete años. Si del hecho resulta la muerte de varias personas o la muerte de una persona y la lesión de otras personas, la sanción será de cinco a doce años de prisión. Además, el autor cometa el hecho mientras conduce un vehículo bajo el electo de bebidas alcohólicas o drogas ilícitas, se le suspenderá la licencia por igual término de la pena.
Crea el Certificado de Incentivo Forestal en el sector agro, con la finalidad de promover la realización de inversiones directas en nuevas plantaciones forestales de carácter protector-productor en terrenos de aptitud forestal, el cual, además otorga un reconocimiento financiero del mismo a los productores del país.
Establece que la distribución o comercialización de productos alimenticios en la Cadena de Frio, que no sean cosechados dentro del territorio nacional, podrá ser denunciado por cualquier ciudadano o productor nacional, ante Junta Directiva o Gerente General de la Cadena de Frío.
Establece la implementación y regulación del etiquetado frontal de advertencia nutricional en los envases y/o empaques de los productos alimenticios procesados preenvasados para el consumo humano con el objetivo de proteger la salud y el bienestar de la población en Panamá.
Establece que no se podrán otorgar nuevas concesiones para la construcción de proyectos hidroeléctricos en la Provincia de Chiriquí.
Crea un fondo especial para dotar de los recursos necesarios a niños y adolescentes que, por su condición de salud o enfermedad, requieran de una operación en la República de Panamá o en el extranjero. Para ser beneficiario del fondo se establecerá una Comisión Técnica Especial que decidirá y aprobará el beneficio.
Se crea un Programa Nacional Permanente de apoyo, prevención y atención integral oportuna para las personas por Diagnosticar y Diagnosticadas por enfermedades Oncológicas, el cual tendrá como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas que se sospecha o padecen de cáncer, favorecer el acceso de las personas a los exámenes preventivos, entre otros. Para los fines de ejecución del Programa se asignará a cada Junta Comunal a nivel nacional un monto mínimo de BI 6,000.00 anuales.
Se establece un interés preferencial para los jubilados en préstamos que se den en bancos estatales.
Se crea el Patronato del Empleo Juvenil Sostenible el cual tendrá como objetivo promover el trabajo sostenible e incluyente para personas panameñas de 16 a 29 años de edad, fomentando la educación y formación pertinente, en función de las necesidades del mercado laboral formal y las oportunidades de emprendimiento.
Establece la institucionalidad en la Agricultura Familiar a través de la definición de un marco legal, crea un ente Rector de la Agricultura Familiar, introduce mecanismo de financiamientos, programas de investigación entre otros.
Se crea la orden Justo Arosemena como una condecoración que será otorgada por la Asamblea Nacional de la República de Panamá en los grados a panameños (as) y extranjeros por eminentes servicios prestados a la Nación, por virtudes cívicas acrisoladas o por notorios méritos de carácter político, científico, literario, deportivo, cultural, artístico o humanitario.