
Perfil del diputado
Ha trabajado como Alcalde del municipio de Renacimiento de 2019-2024.
Asistencia
Planilla, viajes y viáticos
Declaraciones
Gestión legislativa
Se añade un capítulo sobre delitos contra la seguridad alimentaria al Código Penal. El artículo 337-A penaliza con prisión de 6 a 8 años a quienes introduzcan alimentos sin permisos fitosanitarios, afectando la soberanía alimentaria o la producción nacional. El artículo 337-B extiende esta pena a funcionarios públicos que faciliten el delito, así como a quienes almacenen, procesen, transporten o mezclen estos productos con alimentos nacionales.
Establece penas de seis a ocho años de prisión para quienes introduzcan productos alimenticios sin permisos fitosanitarios y de inocuidad, si esto afecta la soberanía alimentaria o la producción agropecuaria nacional. También aplica la misma pena a servidores públicos que faciliten el delito, y a quienes almacenen, reempaquen, procesen o transporten dichos productos.
El gasto público anual en inversión relativa a investigación, desarrollo e innovación científica no será inferior al un por ciento (1 %) del producto interno bruto del año anterior. La mitad de dichos recursos serán destinados al Fondo Nacional para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (FONACIT). Por el otro lado, la otra mitad de los recursos destinados a la inversión en investigación, desarrollo e innovación científica podría ser asignada a diferentes áreas estratégicas tales como educación y capacitación, infraestructura científica, entre otros.