Se exceptúan del impuesto los inmuebles del Estado, de los municipios y de las asociaciones de municipios; y los inmuebles cuya base imponible, incluidas las mejoras, no exceda de ciento ochenta mil balboas (B/.180,000.00) y constituyan patrimonio familiar tributario o la vivienda principal.
2024
Circuito 8-5
Provincia: Panamá
Distrito: Chilibre, Las Cumbres, Alcalde Díaz, Ernesto Córdoba C., Caimitillo
2019
Circuito 8-9
Provincia: Panamá
Distrito: Chilibre, Las Cumbres, Alcalde Díaz, Ernesto Córdoba C., Caimitillo